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El Centro de
Becarios de la Organización Mundial de la Salud Pública nació con tres
enfoques prioritarios: el primero llenar un espacio educativo para
TECNIFICAR EL BUEN USO DE LAS TERAPIAS COMPLEMENTARIAS a través de su
estudio, maximizando la calidad de dicha enseñanza en centros de alta
capacitación educativa, el segundo propósito nació de la necesidad
derivada de la falta de Leyes para el abordaje Sanitario de las
Terapias Complementarias a la Medicina, con la mejor idoneidad para su
aplicación, y el tercer enfoque era canalizar la legalidad de la
aplicación de las Terapias Complementarias en Latinoamérica y países
de habla hispana a través de la Oficina Regional para América Latina y
el Caribe
Esa falta de Leyes de los Gobiernos estratificó exclusivamente desde los
Colegios Médicos la interpretación de las Terapias Complementarias
también llamadas alternativas, siendo que las leyes actuales establecidas desde
la medicina (como la Ley 448 de Salud Pública) no contemplan el 90 % de los procedimientos empleados en
estas terapias "complementarias o alternativas", dejando al
libre albedrío su aplicación, y de allí su falta de control sanitario.
Es así que como normativa en la estratificación de estas Terapias se implemento en
principio aquellas reconocidas en tal carácter por la OPS y sobre las
cuales ya se han aceptado internacionalmente por los gobiernos
regionales, bases, en las cuáles se excluye la discusión de ser
tácitamente Terapias Complementarias a la Medicina, realizadas por
Terapeutas No Médicos, de lo cuál nace la prioridad y necesidad de
Calificar dichos Terapeutas, para que los mismos posean la idoneidad
en tal sentido, necesaria e indiscutible.
(ver www.organizacionmundial.com/ops.htm )
De ahí que el Centro de Becarios ha desarrollado desde 1993, la
aplicación de dichas Terapias en sus actuales 67 sedes en 20 países, y
a comenzado el saneamiento educativo y nivelación de aprendizaje, a la
vez presentado
las mismas para su estudio y reconocimientos en Universidades, y
obteniendo desde entonces paulatinamente una inclusión por
"prestigio trabajo e idoneidad de criterios".
Es así que en
el marco de la "Resolución Oficial 550" el Centro de Becarios de la
Organización Mundial de la Salud Pública dispone de la "Calificación
de Terapeutas Médicos" y de la "Calificación de Terapeutas No
Médicos", habilitando a través de dichos registros la actividad
Profesional sustentada para la aplicación de dichas Terapias,
ajustadas a derecho.
(ver
www.organizacionmundial.com/calificaciones.htm )
De esta forma a través de los Centros de estudio y Universidades dependientes
y por Convenios con el
Centro de Becarios de la Organización Mundial de la Salud Pública, el mismo se encuentra abocado trabajando como
institución para la Universalización de la aplicación de las Terapias
Complementarias y la Revalidación de los estudios de quienes las
aplican.
Por eso le damos la bienvenida a este espacio que es de todos los
terapeutas de buena voluntad - Terapeutas
Médicos y Terapeutas No Médicos - que quieran sumarse con un propósito
común de idoneidad, prestigio y legalidad de su aplicación.
Presidente de la Comisión Directiva del
Centro de Becarios de la Organización Mundial de la Salud Pública |
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